Protección de marcas y derechos de autor en la nueva economía






  • Uno de los principales retos de los abogados es conocer los conceptos introductorios en materia de figuras digitales y tecnológicas de actualidad y uso diario, así como su regulación jurídica, sobre todo si uno de sus objetivos es llevar a cabo una defensa adecuada en materia de propiedad intelectual.



  • Para David Enrique Merino Téllez, conferencista y autor del libro Introducción al Derecho Digital y Tecnológico, editado por Thomson Reuters, ha cambiado la forma de hacer economía en el mundo. “Ahora la economía se divide en dos: empresas de entorno digital y empresas de economía datificada. A esta última pertenecen las empresas cuyo core business es la big data, como Google, YouTube, Uber, DiDi, Airbnb, Amazon, etcétera. Las empresas de entorno digital son las que venden productos tradicionales a través de internet, por ejemplo, aerolíneas, hoteles, etc. El 55 por ciento de la economía mundial se maneja por medio de estas empresas, entonces la protección en materia de marcas y derecho de autor también ha tenido que evolucionar, es decir, no solo las marcas se imprimen, ahora inclusive se pueden ofrecer ante la autoridad como prueba en materia administrativa, indicar cuándo empecé a usarlas en una red social, lo cual tiene una fecha”.


    “Los abogados están obligados a entender los procesos y procedimientos necesarios para llevar a cabo una defensa adecuada de los registros marcarios y autorales no solo de forma tradicional, sino también en el ámbito digital, en temas como aplicaciones, sitios web o dominios de internet”.
    David Enrique Merino Téllez, autor del libro Introducción al Derecho Digital y Tecnológico





    Enfatiza que la protección para las marcas es la misma, aunque también existe la posibilidad de generar una submarca enfocada en temas digitales. “El registro marcario está en la misma clase y en la misma categoría, la diferencia es cómo la usas. Cambió la manera de hacer economía y obviamente se ha transformado la forma en la que utilizamos las marcas”.

    Ante este panorama subraya que los abogados están obligados a entender los procesos y procedimientos necesarios para llevar a cabo una defensa adecuada de los registros marcarios y autorales no solo de forma tradicional, sino también en el ámbito digital, en temas como aplicaciones, sitios web o dominios de internet.

    “Es un derecho tradicional pero los abogados tenemos que estudiar la parte digital para que demos un buen servicio a nuestro cliente y no lo metamos en problemas”, expresa quien también es coordinador del Grupo de Investigación, Análisis y Opinión de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados Federal, Legislatura LXV, y asesor del gobierno federal en materia de regulación digital.

    Asimismo, comenta que con la entrada en vigor del T-MEC se hicieron reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. “Esto nos llevó a una etapa más moderna. Recordemos que en derecho de autor uno de los cambios más trascendentales fue el Capítulo 5, que son las medidas tecnológicas de protección y los proveedores de servicios de internet. Además, la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial ya contempla el retiro de contenidos digitales o la suspensión de los mismos. Puedes presentar solicitudes multiclase, es decir, en una sola solicitud puedes pedir protección dentro de la clasificación de Niza en muchas categorías”.

    Recomienda a empresarios y emprendedores proteger su marca, ya que esta acción les permitirá un mejor crecimiento. “Al final del día y por desgracia, lo que muchas empresas hacen es meterse a internet para ver qué marca tiene más followers y ventas, entonces lo que hacen es registrarla y una vez que queda registrada demandan a la otra persona para que cese el uso de la marca y quizá no tiene los recursos para iniciar un proceso de anterioridad de uso de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), entonces pierde todo el trabajo que hizo”.









    Bibliografía básica: Introducción al Derecho Digital y Tecnológico

    En materia digital existen los abogados que consideran que el derecho digital es o se está convirtiendo en una rama independiente del derecho y, por otro lado, están los abogados que consideran que el derecho digital es una rama interdisciplinaria que coadyuva con otras, explica el autor David Enrique Merino Téllez.

    "Yo soy de la idea, y así lo manifiesto en el libro, que finalmente el derecho digital sí va a llegar a ser una rama nueva, por lo tanto, tiene que ser autónomo en algún momento, porque hay muchas cosas que no contemplaba la ley tradicional, la han tenido que ir cambiando, pero ya hay especialistas en derecho digital, yo me considero entre ellos; vemos temas eminentemente digitales y que solo se dan en el mundo cibernético, por ejemplo, está el metaverso, todas las operaciones que se realizan ahí probablemente son cien por ciento digitales y se quedan dentro del mundo digital. El derecho digital y tecnológico busca regular y coadyuvar con otras ramas del derecho la interacción entre el hombre y la tecnología", puntualiza el asesor en materia de regulación digital.

    Refiere que los abogados no están obligados a saber programar, crear algoritmos o códigos fuente, pero sí es deseable que entiendan el tema para que puedan explicarlo a sus clientes. “Sostengo que el abogado que no se actualice en temas digitales poco a poco se va a quedar atrás. Este libro busca que los tecnólogos puedan entender cuáles son las regulaciones que inciden en lo que ellos hacen y que los juristas puedan entender cómo la tecnología se va desarrollando para modificar las leyes. La idea es que si te interesa alguna figura puedas ahondar más con toda la literatura que existe", detalla en entrevista Merino Téllez.

    Dirigido a abogados, contadores, académicos, investigadores y estudiantes de carreras afines, el libro Introducción al Derecho Digital y Tecnológico aborda las últimas reformas en materia de regulación nacional e internacional de las figuras digitales actuales como firma digital, contratos inteligentes, criptoactivos, blockchain, robo de identidad, impuestos digitales, identidad digital, datos biométricos, fintech, crowfunding, internet de las cosas, inteligencia artificial, marcas y derechos de autor, ciberseguridad, pruebas tecnológicas, prevención de lavado de dinero, testamento y legado digital.

    En su obra el autor explica la forma en la que operan los impuestos digitales en México, analiza los delitos tecnológicos, su definición, así como su clasificación, y agrupa tanto tesis como criterios judiciales que agregan valor kpara considerar la postura de los tribunales en cuanto a la valoración de los medios informáticos.

    Pablo Peduzzi, Head of Print Business LatAm en Thomson Reuters, destaca que el libro Introducción al Derecho Digital y Tecnológico es una bibliografía necesaria para los abogados de todas las ramas del derecho. “Hoy todos los profesionales tienen que estar entendiendo estos nuevos temas, empapándose de estas nuevas legislaciones y sus reglamentos para entender cómo actualizarse y dar el mejor servicio a los clientes, porque sin eso van a quedar fuera del mercado que viene. En Brasil ya trabajamos muy fuerte con el tema de derecho digital y tecnológico porque cruza todas las ramas del derecho. La apuesta de la editorial es llevar al profesionista toda la información que necesita para estar actualizado en esta materia”.



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