Podría considerarse una práctica ética y presuntamente responsable cuando el autor decide modificar la parte lírica de su obra musical para evitar mensajes discriminatorios, ofensivos o violentos hacia las mujeres, de aquello que en algún momento y en condiciones y circunstancias específicas fue la inspiración de tal creación.
No todos los artistas están dispuestos a modificar su obra musical, incluso, en algunos casos se defienden argumentando que se trata de una forma de arte y que las letras no deben tomarse literalmente, lo cual es válido cultural y jurídicamente, subraya Guillermo Pous, experto en propiedad intelectual y fundador de Pous® Abogados y Pink Tiger® Group.
“Los derechos morales de autor son una amplia gama de prerrogativas prevalentes que pudieran estar sufriendo un deterioro jurídico coercitivo. Una de las facultades de los titulares de estos derechos, la de oponerse a cualquier clase de modificación, mutilación y/o deformación, al parecer se va vulnerando cada vez más de manera 'permisiva' debido a una, aparentemente, fragilidad en los sentimientos de las personas, siendo en ocasiones algunos grupos de estos cada vez más sensibles y delicados en cualquier aspecto sin tomar en cuenta una amplia gama de consideraciones, haciendo que los autores puedan perder el control adecuado sobre la manera en la que su obra es utilizada y tratada con la debida consideración”, puntualiza el abogado.
Menciona que en fechas recientes existe una tendencia en géneros musicales específicos: la letra de las canciones tiene una constante en el lenguaje de violencia de género y misoginia, normalizando actitudes o estereotipos que encendieron más de una alarma en distintos sectores de la sociedad, sobre todo en el femenino y en la industria del entretenimiento. “Sin calificar personalmente esto, sino desde una óptica jurídica, es parte de la libertad de expresión, independientemente de la incitación que pueda provocar e, insisto, una prerrogativa de los derechos autorales al momento de la creación de las obras, no sin señalar de forma sobresaliente las altas consecuencias y contingencias que esto puede ocasionar”.
Al respecto, indica que hay ejemplos de algunas canciones que fueron grandes éxitos y que ahora al ser interpretadas pueden resultar incómodas para el público. “Ahora al artista que las grabó e hizo famosas, durante sus conciertos, al pretender interpretarlas tal y como fueron creadas, con la letra original, es abucheado y como consecuencia se ha visto obligado a modificarlas sin la autorización del autor, o bien, omite esa parte que causa molestia, extendiendo el brazo con el micrófono para que sea el público quien haga coro y pronuncie lo que quiera. Además, antes de sus presentaciones se hacen llamados por específicos grupos sociales que lo 'invitan' a abstenerse de cantar un tema en específico para evitar un boicot, lo que impacta de manera económica y moral en los autores y en la sociedad en general. ¿Censura previa o autocensura?”.
En este contexto, agrega que independientemente de la justificación o explicación y la validez de cualquiera o ambas, no deja de ser un grave atentado a los derechos morales de autor, lo que conlleva una premisa adicional y de materia distinta: discriminación positiva, también conocida como acción afirmativa o acción positiva. “Esto se refiere a una serie de políticas y prácticas diseñadas y estructuradas para promover y proteger los derechos de grupos que han sido históricamente marginados o discriminados y de todas las formas cuyo objetivo primordial es tratar de lograr una mayor igualdad y justicia social al nivelar las condiciones para aquellos que han sido desfavorecidos, en este caso las mujeres”.
Para Mónica Vélez, una de las más trascendentes compositoras contemporáneas en México, cualquier autor es libre de escribir sobre lo que le plazca y el consumidor de música es libre de escuchar lo que quiera. “Si impusiéramos un filtro ético al arte le quedaría poco en pie, continuamente cambian las palabras consideradas inaceptables, lo políticamente correcto, los temas sensibles. Si un intérprete siente que uno de sus éxitos lleva un mensaje con el que ya no coincide, aplaudo su decisión de evitar cantarla, sin embargo, solo el autor puede decidir modificar su canción. El punto es que el autor debe saber que cada canción imprime una energía en el mundo”.
Enfatiza que en un país donde la violencia contra la mujer siempre está al acecho, corresponde a los creadores preguntarse si sus palabras están a la altura de los tiempos que se viven. “Desconstruirnos se trata de cuestionarnos lo que antes hemos dado por sentado, de desmontar los conceptos, de preguntarnos si lo que siempre se ha considerado aceptable lo sigue siendo, entonces no me extraña que estas preguntas se trasladen a las canciones, porque la música es y siempre ha sido una de las herramientas más poderosas para posicionar ideas. No sé si nos convertimos en lo que escuchamos o escuchamos lo que ya somos, pero pienso que todo lo que nos rodea nos moldea”.
“El arte no debe respetar nada. Es el reflejo de una época, tiempo y periodo. El arte debe ser provocador y transgresor”.
Luis Estrada
¿Violación a los derechos morales de autor?
Sobre el tema de violación a los derechos morales de autor en las obras musicales por su letra relacionada con el género femenino, Guillermo Pous expone que no se está considerando ni el tiempo ni el lugar ni la costumbre ni el sentido ni el mensaje ni los cambios sociales y culturales a la época en la que fueron creadas. “Son aspectos absolutamente indispensables que se deben conocer antes de estigmatizar con una condena con cargo al bagaje del acervo cultural de un país. Esto no suele suceder en igualdad de condiciones con las piezas musicales interpretadas por el género femenino hacia el masculino. Esto da como resultado que, en todo caso, la norma jurídica se convertiría de facto en selectiva, discriminatoria y andrógina, por lo que no hay igualdad de género. ¿Y la democracia y los derechos humanos?”.
El experto en propiedad intelectual y entretenimiento refiere que la violencia de género es un problema social que afecta a millones de mujeres en todo el mundo y la música es un lenguaje universal que trasciende las barreras culturales y geográficas. “A través de las letras, la música puede transmitir emociones, contar historias e, incluso, generar cambios sociales. Sin embargo, en ocasiones, las letras de algunas canciones al contener esta clase de mensajes discriminatorios o violentos hacia las mujeres generan una problemática que algunos artistas han optado por erradicar modificando la letra de 'sus' canciones con el objetivo de eliminar cualquier tipo de contenido ofensivo hacia el género femenino. Lo cual, siendo así, no provoca ninguna clase de violación a derecho autoral. Por ello resulta fundamental tomar conciencia y responsabilidad social de la influencia que pueden ejercer sobre sus seguidores, ya que no se trata de censurar la creatividad artística, sino de promover un cambio hacia una sociedad más igualitaria y libre de violencia, siendo la música un vehículo efectivo para contribuir a dicho cambio a través de la educación y la concienciación social”.
Concluye que la modificación de la letra de obras musicales con la finalidad de evitar que en la parte lírica existan cuestiones relacionadas con la discriminación o violencia es una práctica recomendable para promover una cultura de igualdad y respeto del género femenino y el masculino, siempre y cuando el autor permita modificarla. “Si bien se trata de una modificación del trabajo original, el objetivo es proteger los derechos humanos y evitar promover la violencia y discriminación contra un grupo de personas, es una cuestión de inclusión y motivos éticos”.